Judiciales
12/12/2025 - 10:07:55



Dr. Cej: “Los bancos no se pueden desentender del usuario financiero”


En la mañana de este viernes, Radio Net entrevistó al Dr. Sergio Iván Cej, abogado, magister en ciberseguridad y diplomado en cibercrimen.

Se refirió a un fallo reciente donde la Justicia le marcó un límite claro a un banco frente a una estafa por phishing.

“Incluso cuando la víctima fue engañada para entregar claves, los bancos no pueden desentenderse del riesgo informático ni de la protección del usuario financiero”.

“El 23 de marzo de 2021, a Cristián Andrés José Bruno le hicieron tres transferencias no autorizadas por un total de $245.000 desde su cuenta sueldo en Banco Santander Río.

“La entidad sostuvo que él entregó sus claves y pretendió desligarse de toda responsabilidad.

“Bruno reclamó por todos los canales: 0800, sucursal, nota escrita, Oficina Municipal de Defensa del Consumidor de San Pedro e incluso una denuncia penal (IPP 16-01-001203-21/00) que terminó archivada casi sin medidas.

“Recién en el juicio civil llegó la respuesta que necesitaba.

“La Dra. María Eugenia Sormani, titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de San Nicolás, en la sentencia del 9/12/2025 (Expte. 7383-2021 “Bruno Cristián Andrés José c/ Banco Santander Río S.A. s/ Daños y Perjuicios”), sostuvo que:
-Bruno es consumidor (Ley 24.240, art. 42 CN, art. 38 Const. PBA).
-El banco tiene una obligación de seguridad objetiva sobre sus sistemas.
-No basta con cumplir “lo mínimo” del BCRA: debía detectar operaciones sospechosas según Com. “A” 4609, 6017, 6664 y 6878, y no lo hizo.
-Frente a la duda, rige el in dubio pro consumidor.

“Por eso declaró la inexistencia de las transferencias, responsabilizó a la entidad y condenó a:
-Devolver los $245.000 sustraídos (daño directo).
-Pagar $1.500.000 por daño moral.
-Abonar un daño punitivo equivalente a 1 Canasta Básica Total para el Hogar 3 (CBTH3) del INDEC.

“Todo, con costas a cargo del banco.

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